SJPI 49 Madrid 416/2025, de 12 de enero – CaixaBank condenado por no impedir una transferencia fraudulenta de 10.000 euros.
El Juzgado de Primera Instancia nº 49 de Madrid estima la demanda presentada por un cliente contra CaixaBank y condena a la entidad a indemnizarle con 10.000 euros, más intereses y costas, por su actuación negligente tras una estafa relacionada con una falsa inversión en criptomonedas. El cliente realizó tres transferencias consecutivas por importe total de 50.000 euros. Tras ser alertado por la Guardia Civil de que estaba siendo víctima de un fraude, solicitó inmediatamente la anulación de las operaciones. CaixaBank consiguió recuperar dos transferencias por valor de 40.000 euros, pero sostuvo que la tercera, de 10.000 euros, era irrevocable y no podía recuperarse. El juzgado considera que esa explicación resulta insuficiente y contradictoria. Si el banco pudo activar con éxito los mecanismos de recuperación respecto de las dos primeras transferencias, debía justificar por qué esos mismos protocolos no funcionaron respecto de la tercera, realizada prácticamente de forma simultánea. Al no hacerlo, concluye que la entidad incumplió el deber de diligencia que le imponen la normativa sobre servicios de pago y las obligaciones de prevención del fraude, condenándola a indemnizar íntegramente el perjuicio sufrido por el cliente.
El Juzgado de Primera Instancia nº 49 de Madrid estima la demanda presentada por un cliente contra CaixaBank y condena a la entidad a indemnizarle con 10.000 euros, más intereses y costas, por su actuación negligente tras una estafa relacionada con una falsa inversión en criptomonedas. El cliente realizó tres transferencias consecutivas por importe total…