SJPI 95 Madrid 2026, de 31 de agosto – La Justicia protege el patrimonio de una persona con trastorno mental y acuerda su tutela por incapacidad de gestión económica.
El Juzgado de Primera Instancia nº 95 de Madrid estimó la demanda de modificación de la capacidad de obrar de una persona afectada por un trastorno depresivo recurrente y un trastorno de inestabilidad emocional, al considerar acreditado que carecía de capacidad para administrar su patrimonio debido a gastos impulsivos y contratación reiterada de créditos. La sentencia estableció un régimen de tutela, designando como tutora a su hija, con el fin de proteger tanto su salud como sus intereses económicos, priorizando una medida de apoyo adaptada a su situación personal y patrimonial.
El Juzgado de Primera Instancia nº 95 de Madrid estimó la demanda de modificación de la capacidad de obrar de una persona afectada por un trastorno depresivo recurrente y un trastorno de inestabilidad emocional, al considerar acreditado que carecía de capacidad para administrar su patrimonio debido a gastos impulsivos y contratación reiterada de créditos. La…