SJPI 92 Madrid 535/2026, de 31 de agosto – Una tarjeta revolving con un interés del 27,24 % TAE vuelve a ser considerada usuraria por los tribunales.
El juzgado concluye que el tipo aplicado supera ampliamente el interés medio de este tipo de operaciones publicado por el Banco de España y que la entidad no acreditó ninguna circunstancia excepcional que justificara ese diferencial. Como consecuencia, declara la nulidad del contrato y condena a Wizink Bank a devolver al consumidor todas las cantidades abonadas por encima del capital dispuesto, junto con los intereses legales y las costas del procedimiento.
El juzgado concluye que el tipo aplicado supera ampliamente el interés medio de este tipo de operaciones publicado por el Banco de España y que la entidad no acreditó ninguna circunstancia excepcional que justificara ese diferencial. Como consecuencia, declara la nulidad del contrato y condena a Wizink Bank a devolver al consumidor todas las cantidades…