SAP Madrid Sección 8 10/2026, de 1 de julio – La Audiencia anula la inversión al considerar que los Bonos AISA se presentaron como un producto seguro.
La Audiencia Provincial de Madrid revocó la resolución de primera instancia y declaró la nulidad del contrato de adquisición de Bonos AISA por apreciar un error esencial en el consentimiento derivado del incumplimiento del deber de información por parte de Bankpime, cuya responsabilidad asumió CaixaBank como sucesora del negocio bancario. La Sala rechazó tanto la falta de legitimación pasiva de CaixaBank como la caducidad de la acción, al entender que la cliente no pudo conocer el verdadero riesgo de la inversión hasta el vencimiento de los bonos, cuando comprobó que no podía recuperar el capital invertido. El tribunal concluyó que el producto fue comercializado como una inversión segura, similar a un depósito, sin informar adecuadamente de sus riesgos, y condenó a CaixaBank a devolver los 30.000 euros invertidos, con los intereses legales correspondientes, previa restitución de los rendimientos percibidos por la demandante.
La Audiencia Provincial de Madrid revocó la resolución de primera instancia y declaró la nulidad del contrato de adquisición de Bonos AISA por apreciar un error esencial en el consentimiento derivado del incumplimiento del deber de información por parte de Bankpime, cuya responsabilidad asumió CaixaBank como sucesora del negocio bancario. La Sala rechazó tanto la…