Aplicándose la nueva doctrina de la STS de 4 de mayo de 2002 se ratifica la nulidad por usurario del contrato de tarjeta de crédito revolving suscrito el 1-1-2018, en el que el interés pactado era del 26,70% anual (TAE).
Aplicándose la nueva doctrina de la STS de 4 de mayo de 2002 se ratifica la nulidad por usurario del contrato de tarjeta de crédito revolving suscrito el 1-1-2018, en el que el interés pactado era del 26,70% anual (TAE).