Custodia compartida, regla general, no hay circunstancias que la desaconsejen.

Nueva sentencia favorable para nuestra firma, obteniéndose la custodia compartida para nuestro cliente en apelación. Recoge la Audiencia Provincial de Madrid que si no hay motivos que desaconsejen la guarda conjunta ésta debe aplicarse, considerando que el mero transcurso del tiempo es un motivo de alteración de las circunstancias.