Comentarios sobre el Capítulo V del RDL 8/2020, medidas urgentes extraordinarias por el impacto económico y social del COVID-19

Como hemos hecho saber desde el bufete Quercus&Superbia Jurídico en trabajos anteriores publicados en la revista Economist&Iurist, el Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19 no sólo contiene una serie de medidas, en su mayoría inservibles para ayudar a pymes y autónomos, sino que además, ha pasado de largo sobre las consecuencias que el confinamiento de personas y la ralentización o paralización de las empresas grandes, medianas o pequeñas van a producir en las sociedades de capital, las cuales se encuentran paralizadas de facto de sus órganos de gobierno y en el desarrollo jurídico y registral a las que están obligadas estas y sus administradores.

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